Dos de las propuestas aprobadas estaban relacionadas con restricciones impuestas por la pandemia
Los electores de Texas votaron abrumadoramente a favor de ocho enmiendas a la constitución del estado en la contienda del martes 2 de noviembre de 2021.
Estos son los cambios aprobados por los texanos a su carta magna:
Enmienda 1 – Permitir a Professional Rodeo Cowboys Association y a Women’s Professional Rodeo Association realizar rifas con fines de beneficencia en eventos de rodeo, de forma similar a como lo hacen los equipos deportivos profesionales de Texas en sus partidos en casa.
Enmienda 2 – Dar a los condados facultad para financiar bonos. Actualmente las ciudades pueden emitir estos bonos pero no los condados.
Enmienda 3 – Prohibir a toda entidad gubernamental promulgar regla alguna que limite o prohíba los servicios religiosos. Algunas casas de culto fueron limitadas durante la pandemia de covid-19, y esta enmienda prohibiría tal cosa.
Enmienda 4 – Requerir a los candidatos a cargos judiciales ser residentes de Texas y tener licencia para ejercer el derecho en Texas, haber sido abogado practicante o juez por al menos ocho años antes de la elección, y que no se le haya revocado o suspendido la licencia en ese periodo.
Enmienda 5 – Permitir a la Comisión Estatal de Conducta Judicial admitir quejas, realizar investigaciones y tomar otras acciones contra candidatos a cargos judiciales estatales. Actualmente la comisión solo actuaba contra funcionarios, no contra candidatos.
Enmienda 6 – Permitir a los internos de residencias para adultos mayores o centros de vida asistida o de centros de vida respaldados por el estado designar a un encargado esencial al que no se le podría negar la visita en persona. Esta es otra enmienda producto de la pandemia de covid-19.
Enmienda 7 – Permitir a un cónyuge sobreviviente que esté recibiendo una exención hacendaria de impuesto predial de su distrito escolar debido a una discapacidad seguir aprovechando la exención siempre y cuando tenga 55 años o más.
Enmienda 8 – Extender exenciones fiscales al cónyuge sobreviviente de un miembro de las fuerzas armadas que haya muerto debido a lesiones sufridas en servicio, independientemente de que haya sido en combate o no.