Liberan ayuda financiera para inquilinos morosos

Los propietarios de viviendas que rentan sus propiedades podrán solicitar subsidios de ayuda financiera, a partir del 22 de julio, para obtener recursos del Programa de Ayuda de Alquiler de El Paso, informó la Fundación Comunitaria Paso del Norte (PDNCF).

Por medio del sitio web EPRentHelp.org, los propietarios de inmuebles de renta estarán en posición de iniciar el proceso de solicitud de asistencia a nombre de inquilinos que se han visto afectados en su economía ante los efectos de la pandemia.

La intención es que los propietarios intercedan a favor de sus inquilinos para evitar desalojos, y para ello deben de registrar sus propiedades para participar en el Programa de Ayuda de Alquiler EP.

“Este es el primer paso formal que los propietarios pueden realizar para participar en el programa que otorgará millones de dólares en fondos federales de la Ley CARES a los propietarios dentro de la ciudad de El Paso”, informó la Fundación en un comunicado.

Aunque el trámite podrá realizarse formalmente hasta el 22 de julio, en el sitio ya existe información de interés tanto para inquilinos como propietarios para facilitar el proceso de apoyo para cubrir las rentas vencidas.

“Los propietarios elegibles de propiedades de alquiler residencial pueden solicitar hasta 3 meses de renta vencida para inquilinos elegibles por hasta mil dólares por mes”, destaca la información en el sitio web.

De acuerdo a dicho portal, la asistencia para el alquiler se podrá distribuir a los inquilinos que tengan mayor necesidad en función de la prioridad del ingreso familiar medio del área, y a quiénes están en riesgo de desalojo.

Cabe mencionar que este programa se limita para beneficiar a inquilinos residenciales que viven en la ciudad de El Paso, y que no reciben alguna otra asistencia federal para la vivienda.

Asimismo se puntualizó el hecho de que el estatus migratorio de los solicitantes no será un factor para determinar la otorgación de la asistencia financiera.

Por etapas

La forma de procesamiento de las solicitudes de ayuda para renta constará de 4 diferentes etapas, mismas que se llevarán a cabo en distintas fechas.

Del 22 al 28 de julio los propietarios o compañías de administración de propiedades, se inscribirán para participar en el programa, al revisar y firmar el acuerdo, además de compartir información de la propiedad y bancaria.

De forma paralela, en el mismo lapso de tiempo, los inquilinos trabajarán con los propietarios para completar los documentos de la solicitud conjunta, reuniendo documentos de verificación del alquiler.

A partir del 29 de julio y hasta el 2 de agosto los propietarios podrán enviar la solicitud en línea para inquilinos que tengan un ingreso familiar por debajo del 80 por ciento del Ingreso Medio del Área (AMI) después del 1 de abril, adjuntando documentos que verifiquen el arrendamiento de la propiedad.

A partir del día 3 de agosto las solicitudes se verificarán y los pagos se realizarán directamente a los propietarios de las propiedades en renta.

Cabe mencionar que en la aprobación de las solicitudes se dará prioridad a los hogares con mayor necesidad, además de que el envío de una solicitud no es garantía de que se otorgará la asistencia financiera.

Para mayor información los interesados podrán consultar el sitio web EPRentHelp.org.

rcarrillo@diariousa.com

CUATRO PASOS

1. Inscripción en el programa de los propietarios o compañías de administración de propiedades (del 22 al 28 de julio)

De forma paralela, los inquilinos trabajarán con los propietarios para completar los documentos de la solicitud conjunta y reunir los documentos que se solicitan.

2. Envío de solicitudes. Recepción será del 29 de julio al 2 de agosto.

3. Selección. A partir del 3 de agosto se verificarán las solicitudes, dando prioridad a los hogares con mayor necesidad.

4. Depósito del dinero. Los pagos se realizarán directamente a los propietarios de las propiedades en renta.

NOTAS IMPORTANTES

  • Para acceder al beneficio los inquilinos deben tener un ingreso familiar igual o menor al 80 por ciento del Ingreso Medio del Área (AMI) después del 1 de abril, y adjuntar documentos que verifiquen el arrendamiento de la propiedad
  • El envío de una solicitud NO es garantía de que se otorgará la asistencia financiera

Por Roberto Carrillo / El Diario de El Paso

Créditos diario.mx

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