Las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor y al Código Penal Federal derivadas de la implementación del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) que tienen que ver con derechos digitales, son contrarias a los estándares internacionales de derechos humanos y atentan los derechos fundamentales de millones de personas usuarias de tecnología en México. Así lo han definido diversos órganos como Artículo 19 quien ha dado un seguimiento puntual a estas reformas.
Martha Tudón, coordinadora de Derechos Digitales de Artículo 19, platicó con Forbes México, sobre estas iniciativas las cuales señala, son violatorias a nuestra constitución y tratados comerciales a los cuales México es parte.
“Lo que pasó fue que se firmó el tratado México, Estados Unidos y Canadá y en el capítulo sobre Propiedad Intelectual, viene que debemos implementar algunas disposiciones que son violatiorias a nuestra constitución y violatorias a los tratados internacionales de los que México es parte, cosa que es diferente para Estados Unidos”, señala Tudón.
Derechos de autor
Las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor, obliga a que plataformas digitales (como Facebook, Twitter, TikTok, YouTube, Instagram), motores de búsqueda (como Google, Yahoo, Safari, etc) y proveedores de sitios web a eliminar contenidos de Internet. La eliminación de publicaciones se dará cuando una persona acuse a otra de supuestamente vulnerar sus derechos de autor, y se realizará sin ningún control judicial, sin presentación de pruebas y sin ningún juicio.
“En estas disposiciones que se hicieron dicen que tienes que implementar un mecanismo que se llama de notificación y retirada. Lo que hace es que cuando una persona, por ejemplo, está en alguna plataforma digital y utiliza algún contenido o una foto de X producto y el dueño no le parece el uso de su marca o producto, lo que dice esta nueva disposición si yo llego a acusarte que estás violando mi propiedad intelectual, la plataforma de inmediato debe bajar el contenido. Sin tener pruebas”, detalla Tudón.
Es importante destacar que las legislaciones sobre Internet no solo impactan a las naciones donde tales marcos son aprobados, sino al mundo en general. Artículo 19 señala que cuando un contenido deja de estar disponible en una plataforma digital porque una ley en México lo censura, éste también deja de estar disponible en todos los países donde tal plataforma es utilizada.
De hecho, el robo hormiga de información en línea a través del sistema de “notificación y retirada”, el cual se basa en el Digital Millenium Copyright Act (DMCA) de Estados Unidos, es ya una herramienta nociva que ha sido explotada para borrar información de interés público de Internet.
“Esta reforma busca aplicar en México un mecanismo extrajudicial existente en Estados Unidos, sin considerar que los contextos en ambos países para la libertad de expresión son abismalmente diferentes. En México, el Estado tiene una deuda histórica hacia la sociedad sobre hechos de corrupción y graves violaciones a derechos humanos. Sin las salvaguardas necesarias, las reformas aprobadas abren el camino para que se abuse por parte de actores políticos y económicos, incluso más de lo que ya se ha hecho en pasadas administraciones”, señala la coordinadora de Artículo 19.
Candado digital para inspeccionar o reparar dispositivos
Las reformas aprobadas criminalizan la elusión de medidas tecnológicas de protección (candados digitales) sin contemplar excepciones, existentes en Estados Unidos –permitidas por el TMEC– y que resultan fundamentales para el ejercicio de los derechos humanos., señala Artículo 19.
En consecuencia, será ilegal y meritorio de sanciones –que pueden alcanzar multas de 1.7 millones de pesos y hasta 6 años de prisión– eludir un candado digital para inspeccionar, reparar, dar mantenimiento o modificar un aparato, vehículo o dispositivo tecnológico o eludir un candado digital para ejercer los derechos a la libertad de expresión, amparados por las excepciones y limitaciones al derecho de autor reconocidas en los artículos 148 y 151 de la Ley Federal del Derecho de Autor.
CNDH, hasta el 31 de julio para interponer acción de inconstitucionalidad
Por su parte la R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales, detalla una misiva dirigida a María del Rosario Piedra Ibarra, Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en donde señala que los mecanismos de censura y las prohibiciones excesivas a la elusión de medidas tecnológicas de protección, aprobadas como parte de las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor y el Código Penal Federal, atentan contra los derechos humanos.
“Exigimos a la CNDH que interponga una acción de inconstitucionalidad en contra de estas disposiciones para defender nuestro derecho a la libertad de expresión, debido proceso, privacidad, propiedad, a participar en la vida cultural, gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones y de otros derechos humanos reconocidos en la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos de los que México es parte”, comparte R3D.
Por Mauricio Hernández Armenta
Créditos forbes.com.mx