Si usted recibió una carta del IRS, lo primero es “No Panic”.
MCALLEN, Texas.- El límite de entrega de declaraciones al IRS en Texas se vencerá el 15 de octubre.
En marzo pasado, la pandemia de COVID-19 llevó al Departamento del Tesoro y al Servicio de Impuestos Internos -IRS-, de los Estados Unidos -EU- a retrasar el momento en que los estadounidenses debían presentar sus declaraciones de impuestos, pidiendo una extensión automática de la fecha límite de impuestos hasta el 15 de julio de 2020 para sus impuestos del año fiscal 2019.
A pesar de la difusión de las fechas limite y las extensiones que los medios han difundido, los despachos de contadores continúan recibido llamadas y especialmente de personas que después de llenar sus declaraciones han recibido cartas aclaratorias del IRS.
En una entrevista hecha por el RG Guardian, del Valle de Texas, a una organización no lucrativa de soporte legal en Rio Grande, denominada Texas Taxpayer Assistance Project (TTAP) indica que si usted recibió una carta del IRS, lo primero es “No Panic”, ya que dado los cambios de fechas y la diversidad de cálculos, primero hay que analizar el contenido.
Si el contribuyente no lo entiende claramente, puede acudir a ellos para analizar la carta, “pero recuerde que la fecha si solicitó extensión y vive en Texas es ahora en Octubre 15”, declaró Ted Torres asistente legal de TTAP. una organización no lucrativa.
La extensión de tres meses se aplicó automáticamente a las personas que presentaron declaraciones por año calendario, incluidos los trabajadores independientes, así como las empresas organizadas bajo el esquema “C Corporation”.
La extensión automática de la fecha límite de declaración de impuestos “de abril 15, a julio 15” no requirió que se presentara ninguna solicitud para tener derecho a esa extensión, para aquellas personas y empresas que aún tuvieron otra opción si necesitaban más tiempo para presentar por cualquier razón sus declaraciones anuales.
Esta fecha es específicamente hasta el 15 de octubre de este 2021; generalmente las extensiones solicitadas para empresas “C” y personas físicas concluían en Septiembre 15, este año la extensión, como expusimos, otorga hasta Octubre 15.
Sin embargo, si las obligaciones tributarias no se cubrieron antes de Julio 15 el causante enfrentará multas por pago insuficiente y cargos por intereses.
La fecha límite de extensión de impuestos generalmente se aplica a todas las entidades que pagan impuestos por año calendario, incluidas las personas físicas, las personas que trabajan por cuenta propia, los fideicomisos y herencias, que no han presentado y que solicitaron extensión antes de Julio 15.
El IRS ha procesado los reembolsos con normalidad y alienta a todos los contribuyentes a presentar su declaración lo antes posible. Recuerde, cuanto antes se presente la solicitud, antes recibirá el reembolso que se le deba.” Dice el IRS en su sitio web.
Por Hispanic Global News
Foto: Bloomberg
Créditos: elfinanciero.com.mx