Arancel a exportación de maíz blanco: AMLO viola estos artículos del T-MEC con decreto

El Gobierno de AMLO decretó un impuesto de 50% a las exportaciones de maíz blanco blanco, esto con el objetivo de estabilizar su precio y el de la tortilla.

Los aranceles que impuso el Gobierno de México a las exportaciones del maíz blanco más allá de representar un impacto negativo a empresas y productores contraviene diversos artículos del T-MEC.

La medida que entró en vigor el 17 de enero y estará vigente hasta el 30 de junio va en contra del acuerdo que tiene México con Estados Unidos y Canadá, a pesar de que las exportaciones de este producto no van dirigidas hacia esos países.

¿Qué artículos viola el decreto?

Entre los artículos que contravienen al T-MEC está el 2.15 titulado ‘Aranceles, impuestos u otros cargos a la exportación’, el cual señala que no se pueden aplicar aranceles a las exportaciones, como señaló este jueves en su columna Dario Celis.

“Ninguna Parte adoptará o mantendrá cualquier arancel, impuesto u otro cargo a la exportación de cualquier mercancía al territorio de otra Parte, a menos que tal arancel, impuesto o cargo sea también aplicado sobre esa mercancía cuando esté destinada al consumo interno”, señala el T-MEC.

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Al respecto, el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) destacó que el arancel de 50 por ciento se aplica sólo a la exportación de maíz blanco, y no se anunció impuesto alguno al consumo dentro de México.

El principal destino de las exportaciones de maíz blanco desde México son VenezuelaGuatemala Honduras, muestran cifras del Grupo Consultor de Mercados Agrícolas (GCMA).

Además, el IMCO subrayó que contradice los artículos 2.4 ‘Tratamiento de Aranceles Aduaneros’ y el 2.11 ‘Restricciones a la Importación y a la Exportación’ del capítulo 2 titulado ‘Trato Nacional y Acceso a Mercados’.

Estos prohíben el incremento de cualquier arancel aduanero de algún producto originario o la restricción de su importación o exportación.

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Dentro del tercer capítulo del T-MEC, titulado ‘Agricultura’ en el artículo 3.5 se señalan medidas incluidas en el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT, por sus siglas en inglés), del cual México es firmante desde 1986.

En este se advierte que para imponer una restricción a la exportación se debe presentar evidencia de una escasez crítica y medidas alternativas contempladas antes de imponer restricciones.

El anuncio del incremento en aranceles de exportación no incluye ninguno de esos elementos”, agregó el IMCO.

Créditos: elfinanciero.com.mx

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